Crear una marca de cosméticos o de perfumes en Suiza: lo que la ley le exige desde que su nombre figura en el envase

por | Última actualización 13 de Oct de 2026

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Para crear una marca de cosméticos en Suiza no necesita autorización, registro ni notificación previa: ninguna autoridad suiza valida un cosmético antes de su venta, y el perfume sigue exactamente el mismo régimen. Esa libertad tiene una contrapartida. En cuanto su nombre o su marca aparecen en el envase, la ley le considera fabricante, aunque un laboratorio externo formule, llene y envase todo. Antes de la primera venta debe disponer de un expediente de información del producto con una evaluación de seguridad firmada por una persona titulada, una etiqueta conforme y pruebas de cada reivindicación. Esta guía repasa esas obligaciones y lo que cambia al vender en la Unión Europea.

Sin autorización, con un régimen completo

En Suiza ningún cosmético necesita autorización para venderse, y ningún registro público recoge los productos comercializados. La ley de productos alimenticios permitiría al Consejo Federal imponer procedimientos de conformidad o la notificación de ciertos objetos de uso (art. 15 ap. 5 letra a LDAl), pero no lo ha hecho para los cosméticos, y el deber de declarar la actividad previsto en la ordenanza sobre alimentos y objetos de uso (ODAlOUs) solo afecta a los alimentos (art. 20). Los cantones lo confirman: en Ginebra, el Servicio de consumo y asuntos veterinarios (SCAV) indica en su página sobre la importación de objetos de uso, actualizada el 31 de agosto de 2026, que no expide autorizaciones de importación ni certificados de conformidad.

El control llega después: los químicos cantonales toman muestras, piden el expediente y pueden ordenar una retirada. Como ninguna autoridad aprueba un cosmético, anunciarlo como «aprobado por las autoridades» está prohibido por los criterios de reivindicaciones de la ordenanza del DFI sobre cosméticos (OCos, anexo 6, punto 1.1).

Su marca le convierte en fabricante

La OCos define como fabricante a la persona física o jurídica que fabrica un producto cosmético, o lo hace diseñar o fabricar, y lo comercializa con su nombre o su marca (art. 2 ap. 1 letra c). Una marca blanca, con fórmula y llenado totalmente subcontratados, es por tanto fabricante a efectos legales y debe asegurarse de que sus productos cumplen la legislación (art. 3 ap. 1).

Tres reglas completan el cuadro:

  • El distribuidor que cambia la marca asume las obligaciones del fabricante si comercializa un producto con su propio nombre o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad (art. 3 ap. 3 OCos).
  • Una persona responsable en Suiza: cada establecimiento del sector designa una persona responsable con domicilio profesional en Suiza; si no lo hace, responde la dirección (art. 73 ODAlOUs). Una marca extranjera puede designar por mandato escrito a un representante con dirección en Suiza que asume las obligaciones del fabricante (art. 3 ap. 2 OCos).
  • El autocontrol: quien fabrica, comercializa o importa objetos de uso debe velar por el cumplimiento de la ley y está sujeto al deber de autocontrol, que el control oficial no sustituye (art. 26 LDAl). Para los cosméticos incluye la seguridad, las buenas prácticas de fabricación, la trazabilidad, la retirada y la documentación.

Expediente de información y evaluación de seguridad

El expediente de información del producto debe existir antes de la primera comercialización y contener un informe con la evaluación de la seguridad del producto (art. 57 ap. 1 ODAlOUs). La Oficina Federal de Seguridad Alimentaria y Veterinaria (OSAV) lo recuerda en su página sobre cosméticos, actualizada el 29 de mayo de 2026: ese expediente con informe de seguridad es siempre obligatorio.

Su contenido figura en el art. 5 ap. 1 OCos: la descripción del producto, el informe de seguridad conforme al anexo 5, el método de fabricación con la declaración de buenas prácticas, las pruebas del efecto reivindicado cuando la naturaleza del producto lo justifica y los datos sobre ensayos en animales. Puede redactarse en una lengua oficial suiza o en inglés y se conserva diez años tras la comercialización del último lote (art. 5 ap. 2); la información debe poder facilitarse a las autoridades cantonales durante tres años (art. 13). Un expediente conforme ya elaborado en el extranjero para el mismo producto sirve en Suiza (art. 5 ap. 3): la marca que vende en ambos mercados necesita un solo expediente.

La evaluación de seguridad no la firma el fundador, salvo que tenga la formación exigida: corresponde a una persona con título universitario en farmacia, toxicología, medicina o una disciplina análoga, o una formación reconocida equivalente (art. 4 ap. 5 OCos), y debe actualizarse cuando surgen datos nuevos. Pida además a su laboratorio la prueba de conformidad con la norma SN EN ISO 22716, a la que remite el anexo 7 de la OCos (art. 12 ap. 3).

Su marca de cosméticos en Suiza

La sociedad cuyo nombre irá en cada etiqueta

Elección entre Sàrl y SA, constitución e inscripción en el registro mercantil, sede en Ginebra, Lucerna o Zug con el domicilio profesional suizo de la persona responsable, y después contabilidad de existencias y costes, IVA a la importación y sobre sus ventas en línea, nóminas: My Swiss Company SA crea y administra la sociedad de su marca, junto al laboratorio y al evaluador de seguridad que usted elija.

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Composición: los anexos europeos se aplican en Suiza

Suiza no tiene una lista propia de ingredientes prohibidos o restringidos. El art. 54 ODAlOUs prohíbe las sustancias del anexo II del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 y solo admite las de los anexos III a VI (sustancias restringidas, colorantes, conservantes, filtros UV) en las condiciones de ese reglamento, en su versión vigente en la UE. Cualquier cambio en los anexos europeos rige en Suiza sin transposición.

El derecho suizo añade reglas propias. Las sustancias cancerígenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción de las categorías 1A, 1B o 2 están prohibidas, salvo excepciones (art. 6 ap. 2 OCos). Desde el 1 de enero de 2026, los productos que permanecen en la piel y pueden exponerse al sol deben contener menos de 1 mg/kg de ocho furocumarinas, pero los perfumes, las aguas de tocador y las aguas de colonia quedan exentos (art. 6 ap. 1 OCos). Lo que se ingiere, inhala, inyecta o implanta nunca es un cosmético; una cápsula de «belleza desde dentro» pertenece al derecho de los complementos alimenticios, que tratamos en la guía para crear una empresa de complementos alimenticios en Suiza.

La etiqueta, mención por mención

Las menciones deben ser visibles, legibles, indelebles y estar redactadas al menos en una lengua oficial suiza (art. 47 ap. 2 ODAlOUs). Para una marca hispanohablante, esto significa francés, alemán o italiano: el español solo no basta.

Mención Contenido Base
Lista de ingredientes Encabezada por «Ingredients», en orden decreciente de peso, con las denominaciones del glosario europeo (INCI) y «[nano]» cuando proceda Art. 8 OCos
Perfume «Parfum» o «aroma», más las sustancias cuya declaración es obligatoria (alérgenos) Art. 8 ap. 1 letra d OCos
Responsable Nombre y dirección del fabricante, importador, distribuidor o persona responsable en la UE Art. 9 ap. 1 letra b OCos
Duración Fecha de duración mínima, o periodo tras la apertura si la duración supera 30 meses Art. 9 ap. 1 letras c y d OCos
Lote Número de lote o referencia Art. 9 ap. 1 letra f OCos
Precauciones Precauciones de uso y advertencias obligatorias, separadas del resto Art. 9 ap. 1 letra g y ap. 2 OCos

Fuente: OCos (RS 817.023.31, versión del 1.1.2026) y ODAlOUs (RS 817.02).

Una regla facilita la vida a quien vende a ambos lados de la frontera: la etiqueta suiza puede indicar la dirección de la persona responsable en la UE según el Reglamento 1223/2009 (art. 9 ap. 1 letra b OCos). Un mismo envase bien diseñado sirve para los dos mercados.

Lo que puede prometer

Toda indicación sobre un cosmético debe ajustarse a la realidad, y su presentación, etiquetado y publicidad no deben inducir a error, en particular sobre la composición, el modo de producción, el país de producción, el origen de las materias primas o los efectos (art. 18 LDAl). La OCos prohíbe atribuir al producto características o funciones que no posee (art. 10 ap. 1) y fija criterios detallados en su anexo 6:

  • Pruebas: toda reivindicación, explícita o implícita, debe basarse en pruebas adecuadas y verificables (punto 3.1); destacar un ingrediente exige demostrar una concentración eficaz en el producto acabado (punto 3.6).
  • Sin denigrar: no se puede desacreditar a la competencia ni a ingredientes utilizados legalmente (punto 5.1), lo que expone los «sin» destacados.
  • Sin vender lo obligatorio: insinuar una ventaja especial cuando el producto solo cumple los mínimos legales no está permitido (punto 1.3).
  • Sin efectos terapéuticos: las propiedades curativas, calmantes o preventivas están prohibidas para un objeto de uso (art. 47 ap. 3 ODAlOUs). Una crema «cicatrizante» sale del derecho cosmético; nuestra guía para crear una empresa de dispositivos médicos explica lo que empieza entonces.

No puede comercializarse un cosmético cuya fórmula final o cuyos ingredientes se hayan ensayado en animales para cumplir la ley o evaluar su efecto cosmético, salvo excepción de la OSAV (art. 59 ODAlOUs). La mención «no testado en animales» solo es lícita si ni usted ni sus proveedores han realizado o encargado tales ensayos sobre el producto, su prototipo o sus ingredientes (art. 10 ap. 3 OCos).

El perfume: un cosmético con alcohol

El perfume no tiene un régimen propio. La ODAlOUs define como cosmético toda preparación aplicada a las partes superficiales del cuerpo para limpiarlas, perfumarlas, modificar su aspecto, protegerlas o corregir los olores corporales (art. 53 ap. 1). Un agua de perfume sigue por tanto las mismas reglas que una crema: condición de fabricante, expediente, evaluación de seguridad, etiqueta y alérgenos declarados junto a «parfum».

La diferencia está en el alcohol. Los productos con alcohol no aptos para el consumo no tributan por el impuesto sobre el alcohol (art. 31 ap. 1 de la ley del alcohol, LAlc). Pero quien quiera utilizar alcohol no desnaturalizado y no gravado para fabricar productos no aptos para el consumo debe solicitar una autorización de utilización a la Oficina Federal de Aduanas y Seguridad Fronteriza (OFDF) (art. 32 ap. 1 LAlc). La marca que compra un concentrado ya diluido o alcohol ya desnaturalizado queda fuera de esa regla; la que monta su propio taller de composición entra en ella desde el primer litro.

Swiss made: la regla del 60 %

Un cosmético puede llevar la indicación «Suiza» si al menos el 60 % de su coste de producción se genera en Suiza (art. 48c ap. 1 de la ley de protección de marcas, LPM). Cuentan la investigación y el desarrollo, la fabricación y el montaje, y el control de calidad exigido por ley (ap. 2); no cuentan los productos naturales que no pueden producirse en Suiza por razones naturales, ni el envase, el transporte o los gastos de comercialización (ap. 3). Además, la actividad que da al producto sus características esenciales, con al menos una etapa significativa de fabricación, debe tener lugar en Suiza (ap. 4).

Para una marca cosmética, esto juega en ambos sentidos: una fórmula desarrollada en Suiza suma, un aceite esencial que no puede cultivarse en Suiza queda fuera del cálculo, pero el frasco, la caja y la campaña de lanzamiento nunca cuentan. Una marca «suiza» con fórmula y producción íntegramente extranjeras no puede usar la cruz. Nuestra guía para crear una empresa industrial en Suiza explica la lógica del Swissness.

Vender en la Unión Europea

El derecho europeo añade una condición que Suiza no exige: «Sólo se introducirán en el mercado los productos cosméticos para los que se designe una persona física o jurídica como «persona responsable» en la Comunidad» (art. 4 ap. 1 del Reglamento (CE) n.º 1223/2009). Una sociedad suiza no está establecida en la Unión. Para vender en España, Francia o Alemania, la marca trabaja con un importador establecido en la Unión, que pasa a ser la persona responsable del producto que introduce en el mercado (art. 4 ap. 5), o designa por mandato escrito a una persona establecida en la Unión que lo acepta por escrito.

Esa persona responsable notifica cada producto en el portal europeo CPNP antes de su comercialización: categoría y nombre, dirección donde se guarda el expediente, país de origen si es importado, Estado miembro de comercialización, contacto, nanomateriales, sustancias CMR y fórmula marco (art. 13 ap. 1). Suiza no tiene ninguna notificación equivalente.

Un caso habitual: una emprendedora mexicana crea en Ginebra una Sàrl para una línea de cuidado capilar fabricada por un laboratorio de Friburgo certificado ISO 22716, que vende en Suiza y en España. Es fabricante según la OCos, dispone del expediente antes de la primera venta suiza y hace firmar la evaluación a una farmacéutica. Para España designa una persona responsable en Madrid que notifica cada producto en el CPNP y conserva el mismo expediente; su dirección figura en la etiqueta, que Suiza también acepta. Nadie le ha concedido una autorización y, sin embargo, cada paso queda documentado.

Sociedad, marca, aduana e IVA

La Sàrl, con 20 000 francos de capital totalmente desembolsado, conviene a la mayoría de las marcas al principio; la SA, con 100 000 francos de capital y al menos 50 000 desembolsados, encaja cuando entra un inversor o un gran distribuidor. Las etapas se describen en nuestra guía sobre los pasos para establecer un negocio en Suiza.

Registre la marca antes de imprimir los envases. En el Instituto Federal de la Propiedad Intelectual (IPI), la tasa de depósito de una marca suiza es de 450 francos por diez años y hasta tres clases, con un descuento de 100 francos por depósito electrónico y 100 francos por clase adicional; los cosméticos y perfumes están en la clase 3. Una marca suiza no protege en la Unión, donde hace falta un registro europeo o internacional.

En la aduana, Suiza suprimió el 1 de enero de 2024 todos los aranceles sobre los productos industriales, capítulos 25 a 97 del sistema armonizado: cosméticos y perfumes, en el capítulo 33, entran sin derechos de aduana, aunque sigue aplicándose el IVA a la importación al tipo normal del 8,1 %.

Errores que salen caros

  • Creer que el laboratorio asume la responsabilidad: con su marca, el fabricante legal es usted.
  • Vender antes de tener el expediente: debe existir antes de la primera comercialización.
  • Hacer firmar la evaluación a alguien sin la titulación exigida (art. 4 ap. 5 OCos).
  • Etiquetar solo en español: hace falta al menos una lengua oficial suiza.
  • Anunciar una aprobación o certificación oficial: ninguna autoridad aprueba cosméticos.
  • Prometer un efecto terapéutico, incluso con imágenes o con el nombre del producto.
  • Usar la cruz suiza por debajo del 60 %, o contar el frasco y la publicidad en el cálculo.
  • Vender en la UE sin persona responsable ni notificación CPNP.

FAQ: crear una marca de cosméticos en Suiza

¿Hace falta una autorización para vender cosméticos en Suiza?

No. No se exige autorización, registro ni notificación previa para comercializar un cosmético en Suiza, y servicios cantonales como el SCAV de Ginebra no expiden autorizaciones de importación ni certificados de conformidad. El fabricante debe, eso sí, disponer de un expediente de información con informe de seguridad antes de la primera venta (art. 57 ODAlOUs) y practicar el autocontrol (art. 26 LDAl).

¿Quién responde de un cosmético fabricado por un laboratorio externo?

La marca. El art. 2 ap. 1 letra c OCos define como fabricante a quien fabrica un cosmético, o lo hace diseñar o fabricar, y lo comercializa con su nombre o su marca. El laboratorio aporta la fabricación y las buenas prácticas (ISO 22716); la marca garantiza la conformidad del producto y conserva el expediente durante diez años.

¿Quién puede firmar la evaluación de seguridad?

Una persona con título universitario en farmacia, toxicología, medicina o una disciplina análoga, o con una formación reconocida equivalente (art. 4 ap. 5 OCos). La evaluación sigue el anexo 5 de la ordenanza, tiene en cuenta el uso previsto y la exposición a cada ingrediente, y debe actualizarse cuando aparecen datos nuevos tras el lanzamiento.

¿Un perfume es un cosmético en Suiza?

Sí. El art. 53 ap. 1 ODAlOUs incluye las preparaciones destinadas a perfumar las partes superficiales del cuerpo. El perfume sigue por tanto la OCos: expediente, evaluación de seguridad, etiqueta y declaración de alérgenos. Además, componer con alcohol no desnaturalizado y no gravado exige una autorización de utilización de la OFDF (art. 32 ap. 1 LAlc).

¿Puede llevar Swiss made un cosmético fabricado en parte fuera de Suiza?

Sí, si al menos el 60 % de su coste de producción se genera en Suiza y allí se realiza una etapa significativa de fabricación (art. 48c LPM). La investigación y el desarrollo cuentan; el envase, el transporte, la comercialización y las materias primas naturales que no pueden producirse en Suiza quedan fuera del cálculo.

¿Hay que notificar en el CPNP para vender en Suiza?

No. El CPNP es una herramienta de la Unión Europea: la persona responsable establecida en la Unión notifica en él los productos antes de comercializarlos en el mercado europeo (art. 13 del Reglamento 1223/2009). Suiza no tiene notificación equivalente. La marca suiza que vende también en la Unión debe designar una persona responsable allí, que se encarga de esa notificación.

Fuentes

Conclusión

Crear una marca de cosméticos en Suiza no pasa por ninguna ventanilla, y por eso todo descansa en la marca: un expediente completo antes de la primera venta, una evaluación firmada por la persona adecuada, una etiqueta exacta en una lengua oficial, promesas demostrables, una cruz suiza merecida y, para la Unión Europea, una persona responsable y una notificación. Las marcas que se organizan así desde el principio superan los controles cantonales sin sobresaltos y entran en la Unión sin rehacer su expediente. My Swiss Company, gestoría suiza presente en Ginebra, Lucerna y Zug, constituye y administra sociedades de marcas para fundadores de más de 20 países, desde la constitución hasta la contabilidad de existencias y el IVA.

Andrés Taracido, experto de My Swiss Company
Escrito por

Andrés Taracido

Fundador y Director - My Swiss Company SA

Andrés Taracido lleva más de 25 años ayudando a empresarios, grupos internacionales, holdings, asociaciones y fundaciones a crear y gestionar sus estructuras en Suiza.

Diplomado federal de Experto en finanzas e inversiones, CIWM, TEP (STEP), CAS en fiscalidad de PYMES y certificado IAF, asesora sobre constitución de empresas, gobernanza, fiscalidad y administración de empresas en Suiza.